{"id":634,"date":"2021-01-18T11:52:00","date_gmt":"2021-01-18T10:52:00","guid":{"rendered":"https:\/\/websaccesibles.eu\/633-2\/?lang=ca"},"modified":"2024-09-05T16:28:14","modified_gmt":"2024-09-05T16:28:14","slug":"bases-reguladores-de-les-subvencions-a-la-natalitat-xec-bebe-a-sellent","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sellent.es\/es\/bases-reguladores-de-les-subvencions-a-la-natalitat-xec-bebe-a-sellent\/","title":{"rendered":"Bases reguladoras de las subvenciones a la natalidad (cheque-beb\u00e9) en Sellent"},"content":{"rendered":"<p><strong>BASE 1. FUNDAMENTO LEGAL<\/strong><br>Esta ordenanza se redacta al amparo de lo dispuesto de la ley 7\/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de R\u00e9gimen Local, Real Decreto Legislativo 2\/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la Ley 38\/2003 General de Subvenciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 2. OBJETO<\/strong><br>Las presentes bases tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitaci\u00f3n y concesi\u00f3n de ayudas a la natalidad cheque-beb\u00e9 que el municipio de Sellent concede por nacimiento y\/o adopci\u00f3n de hijos.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 3. IMPUTACI\u00d3N PRESUPUESTARIA<\/strong><br>El cr\u00e9dito destinado a las ayudas econ\u00f3micas objeto de regulaci\u00f3n ser\u00e1 el que se consigne en la partida presupuestaria del capitulo 231-48 Subvenciones de cada uno de los futuros presupuestos. La imputaci\u00f3n presupuestaria es de 600 \u20ac<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 4. BENEFICIARIOS<\/strong><br>Ser\u00e1n beneficiarios los padres o adoptantes que consten como titulares del libro de Familia, en el que figure debidamente inscrito el ni\u00f1o. Si en el libro de familia figurase un \u00fanico progenitor o adoptante, ser\u00e1 el beneficiario de la ayuda.<br>En los supuestos de nulidad, separaci\u00f3n o divorcio de los progenitores o adoptantes, el beneficiario de la prestaci\u00f3n ser\u00e1 aquel a quien otorgue la custodia del hijo por el que se conceda la subvenci\u00f3n. De acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador o sentencia judicial correspondiente.<br>No podr\u00e1n ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad de los hijos o adoptantes por cuyo nacimiento o adopci\u00f3n se otorga la subvenci\u00f3n, as\u00ed como tampoco se otorgar\u00e1 la ayuda en caso de que la tutela haya sido asumida o concedida a una instituci\u00f3n pol\u00edtica.<br>Se tendr\u00e1 derecho a percibir la correspondiente ayuda por los nacimientos o adopciones que tengan lugar entre el 1 de enero y 31 de diciembre del a\u00f1o natural inmediatamente anterior al ejercicio presupuestario con cargo al que se otorgue la referida subvenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 5. REQUISITOS<\/strong><br>Los beneficiarios de la ayuda, adem\u00e1s de los requisitos del art\u00edculo 13 de la Ley General de Subvenciones, deber\u00e1n cumplir los siguientes requisitos:<br>Estar empadronados los dos progenitores, que figuran en el libro de Familia, en el Ayuntamiento de Sellent, con dos a\u00f1os de antelaci\u00f3n a la fecha en que se produzca el nacimiento o adopci\u00f3n y continuar inscritos en el Padr\u00f3n Municipal en el momento de presentar la solicitud .<br>Acreditar que la unidad familiar constituida tiene la intenci\u00f3n de residir dentro del t\u00e9rmino municipal durante un per\u00edodo de dos a\u00f1os a contar desde el nacimiento o adopci\u00f3n.<br>Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias municipales. En caso de nulidad o divorcio de los progenitores o adoptantes ser\u00e1 el titular de la custodia el que deber\u00e1 acreditar el cumplimiento de estos requisitos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 6. COMPATIBILIDAD<\/strong><br>La percepci\u00f3n de esta subvenci\u00f3n ser\u00e1 compatible con otras que para la misma finalidad puedan ser conocidas por otras administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 7. GASTOS SUBVENCIONES<\/strong><br>Son subvenciones todos aquellos gastos relacionados con la atenci\u00f3n, cuidado y mantenimiento del nacido o adoptado en que incurran los progenitores o adoptantes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 8. SOLICITUDES: PLAZO, DOCUMENTACI\u00d3N Y SUBVENCI\u00d3N<\/strong><br>El plazo para la presentaci\u00f3n de solicitudes y dem\u00e1s documentaci\u00f3n comprender\u00e1 todo el a\u00f1o.<br>La solicitud junto con la documentaci\u00f3n requerida se presentar\u00e1, seg\u00fan modelos facilitados por el ayuntamiento, en el registro de entrada del ayuntamiento de Sellent.<br>La solicitud deber\u00e1 ir acompa\u00f1ada de la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p>Fotocopia de DNI de los beneficiarios.<br>Fotocopia del Libro de Familia.<br>Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separaci\u00f3n o divorcio, en su caso.<br>Certificado del departamento de recaudaci\u00f3n en el que se acredite que todos los miembros de la unidad familiar est\u00e9n al corriente de sus obligaciones tributarias municipales.<br>Declaraci\u00f3n jurada de que la unidad familiar tiene la intenci\u00f3n de residir dentro del t\u00e9rmino municipal durante un per\u00edodo de dos a\u00f1os a contar desde el nacimiento o adopci\u00f3n.<br>Facturas que acreditan la realizaci\u00f3n del gasto subvencionable.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESI\u00d3N Y \u00d3RGANO COMPETENTE.<\/strong><br>Una vez que los servidores t\u00e9cnicos municipales hayan verificado que el solicitante re\u00fane los requisitos para ser beneficiario de la ayuda, elevar\u00e1n a Alcald\u00eda la correspondiente propuesta de la concesi\u00f3n.<br>A la vista de la referida propuesta la Alcald\u00eda por resoluci\u00f3n proceder\u00e1 a la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 10. CUANT\u00cdA DE LA CONCESI\u00d3N<\/strong><br>El importe de la subvenci\u00f3n ser\u00e1 de 300 euros por cada nacimiento o adopci\u00f3n.<br>El \u00f3rgano competente para la concesi\u00f3n de estas ayudas se reserva las siguientes facultadas:<br>No establecer orden de prelaci\u00f3n entre las solicitudes presentadas que re\u00fanan los requisitos establecidos para el caso de que el cr\u00e9dito consignado en la convocatoria fuese suficiente, atendido el n\u00famero de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentaci\u00f3n.<br>Podr\u00e1 proceder el prorrateo entre los beneficiarios de la subvenci\u00f3n del importe global m\u00e1ximo establecido en la convocatoria.<br>Incoar expediente de modificaci\u00f3n presupuestaria con la finalidad de dotar cr\u00e9dito para atender todas las solicitudes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 11. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS<\/strong><br>Son obligaciones de los beneficiarios las siguientes:<br>Someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n que correspondan en relaci\u00f3n a las ayudas concedidas<br>Comunicar al ayuntamiento la obtenci\u00f3n de otras ayudas para el financiamiento de las actividades subvencionadas, as\u00ed como cualquier alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 12. JUSTIFICACI\u00d3N Y PAGO<\/strong><br>Esta subvenci\u00f3n tendr\u00e1 car\u00e1cter pospagable, de acuerdo con las siguientes reglas:<\/p>\n\n\n\n<p>La justificaci\u00f3n se realizar\u00e1 con facturas originales que habr\u00e1n de estar pagadas. En todo caso, las facturas deber\u00e1n cumplir los requisitos establecidos en el RD1496\/2003.<br>El pago de los beneficiarios se realizar\u00e1 una vez realizada la justificaci\u00f3n.<br>El pago se realizar\u00e1, en funci\u00f3n de la disponibilidad de tesorer\u00eda, al largo del ejercicio presupuestario en el que se produzca la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 13. CONTROL FINANCIERO, REINTEGRO Y REVISI\u00d3N.<\/strong><br>El procedimiento de control financiero, reintegro y revisi\u00f3n de actos es el regulado en la Ley 38\/2003 General de Subvenciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BASE 14. ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA<\/strong><br>Las presentes bases entrar\u00e1n en vigor una vez publicada en el Tabl\u00f3n de Anuncios de la Corporaci\u00f3n y transcurriendo el plazo establecido en el articulo 65.2 de la LRBRL<\/p>\n\n\n<!--themify_builder_static--><!--\/themify_builder_static-->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Bases reguladoras de las subvenciones a la natalidad (cheque-beb\u00e9) en Sellent<\/p>","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-634","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novetats","has-post-title","has-post-date","has-post-category","has-post-tag","has-post-comment","has-post-author",""],"builder_content":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/634","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=634"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/634\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3537,"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/634\/revisions\/3537"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=634"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=634"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sellent.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=634"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}